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FUNCIÓN

Desde el año 2005, bajo el articulo 10 del DFL 1 del Ministerio de Salud establece que habrá una Secretaría Regional Ministerial de Salud en cada una de las Regiones en que se divide administrativamente la nación; sin perjuicio de las oficinas provinciales que puedan requerir.

Las SEREMIS en su calidad sanitaria les corresponde efectuar la fiscalización de las disposiciones contenidas en el Código Sanitario, sus leyes, reglamentos y normas complementarias, areas como prevención de riesgos y salud laboral, higiene y seguridad del ambiente, productos alimenticios, y profesiones médicas. Contando con las atribuciones de vigilancia, inspección y demas que se contemplan al efecto, incluyendo la aplicación de las sanciones sanitarias que procedan, previa instrucción del procedimiento sumarial pertinente.

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